ACTUALIZACION RTE 2020

Aquí podrá encontrar la documentación entregada a la Dian para la solicitud de permanencia al Régimen Tributario Especial - RTE.


Dada por la Ley 1819 de 2016 Reforma Tributaria, el Gobierno Nacional realizo varios cambios los cuales han involucrado a las Entidades Sin Animo de Lucro también conocidas como ESAL, uno de esos cambios requiere enviar información digitalizada de la organización en el año 2018 en sus servicios informáticos ademas la de actualizar dicha información cada año dentro de sus primeros tres meses, este tramite se requiere si se desea tener los beneficios ofrecidos en el Régimen Tributario Especial.

Por lo anterior la ASOCIACION HOGAR DE PASO LOS ABUELOS DE SAN ISIDRO DE LA ARGENTINA con Nit. 900262891-4 certifica que ha cumplido con todos los requisitos correspondientes a documentación y tramite  para la solicitud  de actualización en el Régimen Tributario Especial, para el año correspondiente 2020.

Documentación requerida y cumplidos para presentar proceso de actualización del registro web en el RTE

  1. Informe anual de resultados o de gestión que prevea datos sobre sus proyectos en curso y los finalizados, los ingresos, los contratos realizados, subsidios y aportes recibidos, así como las metas logradas en beneficio de la comunidad.
  2. Los estados financieros de la entidad del año inmediatamente anterior debidamente autorizados por el máximo órgano de administración.
  3. Certificación de Requisitos del representante legal o revisor fiscal en el que evidencia que han cumplido con todos los requisitos durante el respectivo año del respectivo año, conforme lo ordena el numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T. NO es necesario adjuntar la declaración de renta.
  4. Certificación del Representante Legal de los antecedentes judiciales y declaración de caducidad de contratos estatales de los miembros de la junta directiva, fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T.
  5. Diligenciar y enviar la información de los formatos a través del prevalidador, siempre y cuando hayan surgido cambios en comparación con el año inmediatamente anterior. Los Formatos 2530 y 2531 son obligatorios.
  6. Diligenciar el formato 5245 a través del SIE Régimen Tributario Especial.

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